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Consultas HFN y Resoluciones TEAFNA > Internet > IRPF. Rendimientos del trabajo no satisfechos por encontrarse pendientes de resolución judicial. Corresponde imputarlos al ejercicio en que la resolución judicial es firme. Periodo de generación inferior a dos años, no corresponde reducción del 30%  

Internet: IRPF. Rendimientos del trabajo no satisfechos por encontrarse pendientes de resolución judicial. Corresponde imputarlos al ejercicio en que la resolución judicial es firme. Periodo de generación inferior a dos años, no corresponde reducción del 30%

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CATEGORÍA

Resolución TEAFNA 

Und. que responde

TEAFNA 

Pregunta/Resumen

IRPF. Rendimientos del trabajo no satisfechos por encontrarse pendientes de resolución judicial. Corresponde imputarlos al ejercicio en que la resolución judicial es firme. Periodo de generación inferior a dos años, no corresponde reducción del 30% 

Descripción Hechos/Cuestión Planteada

IRPF. Rendimientos del trabajo no satisfechos por encontrarse pendientes de resolución judicial. Corresponde imputarlos al ejercicio en que la resolución judicial es firme. Periodo de generación inferior a dos años, no corresponde reducción del 30%

Respuesta/Resolución

1. Ver resolución del TEAFNA (documento adjunto)

Normativa

Art. 17 del Texto Refundido de la LF del IRPF (DFL 4/2008, de 2 de junio)

Tema

IRPF (Impuesto Renta Personas Físicas) 

Sub tema

(IRPF) Rendimientos del trabajo 

Fecha

30/05/2024 
Datos adjuntos
TEAF 277E-2024.pdf    
Versión: 2.0 
Creado el 08/10/2024 1:33  por Cuenta del sistema 
Última modificación realizada el 08/10/2024 1:33  por Cuenta del sistema