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Internet: IVA. Cuestión adjetiva: Caducidad del procedimiento. Cuestión fondo planteada: No actuando el arrendatario como empresario, no se considera la existencia de subarriendo y por ello se aplica la exención, incluso sin estar determinados los subarrendatarios

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CATEGORÍA

Resolución TEAFNA 

Und. que responde

TEAFNA 

Pregunta/Resumen

IVA. Cuestión adjetiva: Caducidad del procedimiento. Cuestión fondo planteada: No actuando el arrendatario como empresario, no se considera la existencia de subarriendo y por ello se aplica la exención, incluso sin estar determinados los subarrendatarios 

Descripción Hechos/Cuestión Planteada

IVA. Caducidad del procedimiento de comprobación. 1) Cuestión adjetiva. Caducidad del procedimiento. Se aprecia la misma de oficio y es esa la razón que fundamenta la estimación de la REA 2) Cuestión de fondo planteada. Exención de arrendamiento de vivienda. Cesión a terceros del uso de vivienda arrendada por parte de entidad con fines no lucrativos que, en el ejercicio de la actividad  a la que se vincula ese arrendamiento, no desarrolla una actividad empresarial. No actuando el arrendatario como empresario, no se considera la existencia de subarriendo y por ello se aplica la exención, y ello aún cuando los usuarios finales de la vivienda no estén determinados en el contrato.
 

Respuesta/Resolución

1. Ver resolución del TEAFNA (documento adjunto)

Normativa

Art. 87 de la LF 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria (LFGT)
Art. 4, 5 y 11 de la LF 19/1992, de 30 de diciembre, del IVA

Tema

IVA (Impuesto Valor Añadido) 

Sub tema

(IVA) Exenciones 

Fecha

15/03/2024 
Datos adjuntos
TEAF 91E-2024.pdf    
Versión: 2.0 
Creado el 08/10/2024 1:33  por Cuenta del sistema 
Última modificación realizada el 08/10/2024 1:33  por Cuenta del sistema