Saltar al contenido principal

Consultas HFN y Resoluciones TEAFNA

Iniciar la búsqueda
Consultas HFN y Resoluciones TEAFNA
  
Consultas HFN y Resoluciones TEAFNA > Internet > IRPF. Propuesta de autoliquidación en modalidad de tributación separada. Confirmación por la interesada de la propuesta enviada (no rechazo ni presentación en plazo de nueva autoliquidación). No cabe su modificación de opción fuera del plazo reglamentario  

Internet: IRPF. Propuesta de autoliquidación en modalidad de tributación separada. Confirmación por la interesada de la propuesta enviada (no rechazo ni presentación en plazo de nueva autoliquidación). No cabe su modificación de opción fuera del plazo reglamentario

Historial de versionesHistorial de versiones

CATEGORÍA

Resolución TEAFNA 

Und. que responde

TEAFNA 

Pregunta/Resumen

IRPF. Propuesta de autoliquidación en modalidad de tributación separada. Confirmación por la interesada de la propuesta enviada (no rechazo ni presentación en plazo de nueva autoliquidación). No cabe su modificación de opción fuera del plazo reglamentario 

Descripción Hechos/Cuestión Planteada

IRPF. Otros asuntos. Confección por la Administración de propuesta de autoliquidación en modalidad de tributación separada. Confirmación por la interesada de la propuesta enviada: no consta rechazo a la misma ni se presentó en oportuno plazo una nueva autoliquidación. Cambio de la modalidad de tributación fuera del plazo reglamentario de presentación de las declaraciones-liquidaciones del ejercicio: no cabe su modificación
 

Respuesta/Resolución

1. Ver resolución del TEAFNA (documento adjunto)

Normativa

Art. 72 y 84 del Texto Refundido de la LF del IRPF (DFL 4/2008, de 2 de junio)

Tema

IRPF (Impuesto Renta Personas Físicas) 

Sub tema

(IRPF) Ambito material y personal del hecho imponible 

Fecha

15/03/2024 
Datos adjuntos
TEAF 88E-2024.pdf    
Versión: 2.0 
Creado el 08/10/2024 1:33  por Cuenta del sistema 
Última modificación realizada el 08/10/2024 1:33  por Cuenta del sistema