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Consultas HFN y Resoluciones TEAFNA > Internet > ITPyAJD.Excesos de adjudicación.No están sujetos a la modalidad TP Onerosas cuando se refieren a bienes indivisibles.Procede la tributación por dicha modalidad cuando el exceso podría ser minorado mediante otro reparto,afectando solo a los excesos evitabl  

Internet: ITPyAJD.Excesos de adjudicación.No están sujetos a la modalidad TP Onerosas cuando se refieren a bienes indivisibles.Procede la tributación por dicha modalidad cuando el exceso podría ser minorado mediante otro reparto,afectando solo a los excesos evitabl

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CATEGORÍA

Resolución TEAFNA 

Und. que responde

TEAFNA 

Pregunta/Resumen

ITPyAJD.Excesos de adjudicación.No están sujetos a la modalidad TP Onerosas cuando se refieren a bienes indivisibles.Procede la tributación por dicha modalidad cuando el exceso podría ser minorado mediante otro reparto,afectando solo a los excesos evitabl 

Descripción Hechos/Cuestión Planteada

TPyAJD. ITP. Excesos de adjudicación. No están sujetos a la modalidad Transmisiones Patrimoniales Onerosas cuando se refieren a bienes indivisibles. Procede la tributación por dicha modalidad cuando el exceso podría ser minorado mediante otro reparto, afectando solo a los excesos evitables
 

Respuesta/Resolución

1. Ver resolución del TEAFNA (documento adjunto)

Normativa

Art 3 del Texto Refundido del ITP y AJD (DFL 129/1999, de 26 de abril) 

Tema

ITPyAJD (Impto. Transmis. Patrim. y Actos Juríd. Documentados) 

Sub tema

(ITPyAJD) Transmisiones Patrimoniales 

Fecha

08/02/2024 
Datos adjuntos
TEAF 6E-2024.pdf    
Versión: 2.0 
Creado el 08/10/2024 1:33  por Cuenta del sistema 
Última modificación realizada el 08/10/2024 1:33  por Cuenta del sistema