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Consultas HFN y Resoluciones TEAFNA > Internet > IVA. Compra de bien inmueble cuando vendedor es la CF Navarra, a través de la Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica. Está sujeto a IVA (y no a ITP) al actuar dentro del ámbito empresarial.  

Internet: IVA. Compra de bien inmueble cuando vendedor es la CF Navarra, a través de la Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica. Está sujeto a IVA (y no a ITP) al actuar dentro del ámbito empresarial.

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CATEGORÍA

Resolución TEAFNA 

Und. que responde

TEAFNA 

Pregunta/Resumen

IVA. Compra de bien inmueble cuando vendedor es la CF Navarra, a través de la Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica. Está sujeto a IVA (y no a ITP) al actuar dentro del ámbito empresarial. 

Descripción Hechos/Cuestión Planteada

IVA El interesado se opone a soportar el 21% de IVA en la compra de determinado bien inmueble (considera que dicha operación debe estar sujeta a T.P.). El vendedor de dicho inmueble es la C. F. de Navarra, que a través de la Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica. actúa dentro del ámbito empresarial.
 

Respuesta/Resolución

1. Ver resolución del TEAFNA (documento adjunto)

Normativa

Art. 4, 5 y 7 de la LF 19/1992, de 30 de diciembre, del IVA

Tema

IVA (Impuesto Valor Añadido) 

Sub tema

(IVA) Operaciones no sujetas 

Fecha

07/11/2023 
Datos adjuntos
TEAF 494E-2023.pdf    
Versión: 2.0 
Creado el 08/10/2024 1:33  por Cuenta del sistema 
Última modificación realizada el 08/10/2024 1:33  por Cuenta del sistema