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Consultas HFN y Resoluciones TEAFNA > Internet > IRPF. Tributación conjunta. La reclamante es tutora de su hermano mayor de edad incapacitado judicialmente. No forman parte de la misma unidad familiar al no corresponder a la interesada la patria potestad prorrogada o rehabilitada de su hermano  

Internet: IRPF. Tributación conjunta. La reclamante es tutora de su hermano mayor de edad incapacitado judicialmente. No forman parte de la misma unidad familiar al no corresponder a la interesada la patria potestad prorrogada o rehabilitada de su hermano

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CATEGORÍA

Resolución TEAFNA 

Und. que responde

TEAFNA 

Pregunta/Resumen

IRPF. Tributación conjunta. La reclamante es tutora de su hermano mayor de edad incapacitado judicialmente. No forman parte de la misma unidad familiar al no corresponder a la interesada la patria potestad prorrogada o rehabilitada de su hermano 

Descripción Hechos/Cuestión Planteada

IRPF. Tributación conjunta. Unidad familiar. La reclamante es tutora de su hermano mayor de edad incapacitado judicialmente. No forman parte de la misma unidad familiar al no corresponder a la interesada la patria potestad prorrogada o rehabilitada de su hermano.
 
 

Respuesta/Resolución

1. Ver resolución del TEAFNA (documento adjunto)

Normativa

Art. 71 del TR de LFIRPF (DFL 4/2008, de 2 de junio)
 

Tema

IRPF (Impuesto Renta Personas Físicas) 

Sub tema

(IRPF) Tributación conjunta 

Fecha

26/04/2023 
Datos adjuntos
TEAF 253E-2023.pdf    
Versión: 2.0 
Creado el 08/10/2024 1:33  por Cuenta del sistema 
Última modificación realizada el 08/10/2024 1:33  por Cuenta del sistema