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Consultas HFN y Resoluciones TEAFNA > Internet > ISD. Aplicación reducción por discapacidad. La falta de revisión de autoliquidaciones por el IRPF en las que se hubiera declarado la discapacidad no supone reconocimiento expreso de la condición, además la Admon tributaria no es órgano competente  

Internet: ISD. Aplicación reducción por discapacidad. La falta de revisión de autoliquidaciones por el IRPF en las que se hubiera declarado la discapacidad no supone reconocimiento expreso de la condición, además la Admon tributaria no es órgano competente

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Categoría

Resolución TEAFNA 

Und. que responde

TEAFNA 

Pregunta/Resumen

ISD.  Aplicación reducción por discapacidad. La falta de revisión de autoliquidaciones por el IRPF en las que se hubiera declarado la discapacidad no supone reconocimiento expreso de la condición, además la Admon tributaria no es órgano competente 

Descripción Hechos/Cuestión Planteada

ISD.  Aplicación de la reducción por discapacidad del sujeto pasivo. Acreditación de la condición de discapacitado. La falta de revisión de autoliquidaciones por el IRPF en las que se hubiera declarado la discapacidad no supone reconocimiento expreso de la condición, además de que la Administración tributaria no es órgano competente. Tampoco puede equipararse la percepción de prestaciones de una mutua con la correspondiente a una Administración pública
 
 
 

Respuesta/Resolución

Ver Resolución del TEAFNA en documento adjunto

Normativa

Art. 32 y Disposición adicional segunda del Texto Refundido de las disposiciones del ISD (DFL 250/2002, de 16 de diciembre)

Tema

ISD (Impuesto Sucesiones Donaciones) 

Sub tema

(ISD) Cuota tributaria 

Fecha

15/03/2023 
Datos adjuntos
TEAF 76-2022.pdf    
Versión: 2.0 
Creado el 23/07/2024 1:16  por Cuenta del sistema 
Última modificación realizada el 23/07/2024 1:16  por Cuenta del sistema