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Consultas HFN y Resoluciones TEAFNA > Internet > Retrotracción del expediente. No estamos ante un acto de ejecución de un previo acuerdo del Tribunal. Falta de motivación: inexistencia de cualquier elemento que permita revisar la adecuación a derecho del acto impugnado  

Internet: Retrotracción del expediente. No estamos ante un acto de ejecución de un previo acuerdo del Tribunal. Falta de motivación: inexistencia de cualquier elemento que permita revisar la adecuación a derecho del acto impugnado

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Categoría

Resolución TEAFNA 

Und. que responde

TEAFNA 

Pregunta/Resumen

Retrotracción del expediente. No estamos ante un acto de ejecución de un previo acuerdo del Tribunal. Falta de motivación: inexistencia de cualquier elemento que permita revisar la adecuación a derecho del acto impugnado 

Descripción Hechos/Cuestión Planteada

Resolución de impugnación de autoliquidación susceptible de reclamación económico-administrativa. No estamos ante un acto de ejecución de un previo acuerdo del Tribunal. Falta de motivación: inexistencia de cualquier elemento que permita revisar la adecuación a derecho del acto impugnado. Retrotracción del expediente.

Respuesta/Resolución

Ver Resolución del TEAFNA en documento adjunto.

Normativa

Art. 79.1 de la LF 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria

Tema

IVA (Impuesto Valor Añadido) 

Sub tema

(IVA) Gestión 

Fecha

21/03/2022 
Datos adjuntos
TEAF 0023-2022.pdf    
Versión: 2.0 
Creado el 21/03/2023 1:46  por Cuenta del sistema 
Última modificación realizada el 21/03/2023 1:46  por Cuenta del sistema