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Consultas HFN y Resoluciones TEAFNA > Internet > Providencia de apremio dictada sin contabilizar el pago realizado por el interesado en periodo ejecutivo. Devengo correcto del recargo ejecutivo del 5 %. Los ingresos realizados no exceden de la cantidad adeudada: no procede devolución.  

Internet: Providencia de apremio dictada sin contabilizar el pago realizado por el interesado en periodo ejecutivo. Devengo correcto del recargo ejecutivo del 5 %. Los ingresos realizados no exceden de la cantidad adeudada: no procede devolución.

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Categoría

Resolución TEAFNA 

Und. que responde

TEAFNA 

Pregunta/Resumen

Providencia de apremio dictada sin contabilizar el pago realizado por el interesado en periodo ejecutivo. Devengo correcto del recargo ejecutivo del 5 %. Los ingresos realizados no exceden de la cantidad adeudada: no procede devolución. 

Descripción Hechos/Cuestión Planteada

Reclamación económico-administrativa interpuesta extemporáneamente frente a providencia de embargo: inadmisión. Providencia de apremio dictada sin contabilizar el pago realizado por el interesado en periodo ejecutivo. Devengo correcto del recargo ejecutivo del 5 por ciento. Los ingresos realizados no exceden de la cantidad adeudada: no procede devolución.

Respuesta/Resolución

Resolución TEAFANA en archivo adjunto.

Normativa

el artículo 117.2 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria

Tema

Ley Foral General Tributaria (LFGT) 

Sub tema

(PPTT) Recaudación 

Fecha

17/12/2021 
Datos adjuntos
TEAF 500-2020.pdf    
Versión: 2.0 
Creado el 23/07/2024 1:16  por Cuenta del sistema 
Última modificación realizada el 23/07/2024 1:16  por Cuenta del sistema