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Consultas HFN y Resoluciones TEAFNA > Internet > Derivación responsabilidad. Medidas cautelares. Notificaciones de actuaciones de apremio sobre todas las deudas del Deudor principal: innecesario. Declaración de fallido es sobre el deudor, no requiere agotar todo el procedimiento sobre todas las deudas.  

Internet: Derivación responsabilidad. Medidas cautelares. Notificaciones de actuaciones de apremio sobre todas las deudas del Deudor principal: innecesario. Declaración de fallido es sobre el deudor, no requiere agotar todo el procedimiento sobre todas las deudas.

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Categoría

Resolución TEAFNA 

Und. que responde

TEAFNA 

Pregunta/Resumen

Derivación responsabilidad. Medidas cautelares. Notificaciones de actuaciones de apremio sobre todas las deudas del Deudor principal: innecesario. Declaración de fallido es sobre el deudor, no requiere agotar todo el procedimiento sobre todas las deudas. 

Descripción Hechos/Cuestión Planteada

El recurrente alega que no se le notifico correctamente alguna providencia de apremio y por lo tanto no cabe responsabilidad subsidiaria, y que la deuda no debe tener intereses.

Respuesta/Resolución

El TEAFNA determina que la resolución de Recaudación es correcta ya que las pretendidas deficiencias en la notificación de algunas providencias de apremio dictadas ni siquiera afectarían a la previa declaración de fallo de la entidad deudora principal.
 
Concluye que queda acreditada la concurrencia de imposición de diversas sanciones a la sociedad que  representa y la condición del interesado de administrador de la sociedad en el momento de la comisión de infracciones. Como indica el artículo 29.1 de la LFGT.
 
Respecto a la pretendida deficiencia de la notificación de algunas providencias de apremio dictadas indica que el párrafo 3 artículo  29 LFGT, indica "salvo los dispuesto en artículo 30, 4 la responsabilidad alcanzará a la totalidad de la deuda tributaria existente en el periodo que, para pago voluntario, esté establecido para el deudor"
 
 

Normativa

Artículo 29 LFGT

Tema

Procedimientos Tributarios 

Sub tema

(PPTT) Recaudación 

Fecha

29/09/2021 
Datos adjuntos
TEAF 248-2020 Y 354-2020.doc    
Versión: 2.0 
Creado el 21/03/2023 1:46  por Cuenta del sistema 
Última modificación realizada el 21/03/2023 1:46  por Cuenta del sistema